"Tus Dólares, tu Decisión". Argentina flexibiliza controles fiscales: el fin del espionaje tributario
El Ejecutivo argentino presentó este jueves una transformación radical en el sistema tributario nacional que marca un punto de inflexión en la relación entre el fisco y los contribuyentes
El Ejecutivo argentino presentó este jueves una transformación radical en el sistema tributario nacional que marca un punto de inflexión en la relación entre el fisco y los contribuyentes. La reforma, articulada a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, establece un esquema simplificado para la declaración de ganancias y multiplica exponencialmente los umbrales de reporte bancario, abriendo la puerta al blanqueo informal de divisas atesoradas por los ciudadanos.
Durante una presentación encabezada por el ministro de Economía Luis Caputo junto al responsable de ARCA, Juan José Pazo, se delinearon los contornos de lo que denominaron Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos. Esta iniciativa representa un cambio de paradigma en la fiscalización tributaria, abandonando el modelo de vigilancia exhaustiva que caracterizó las últimas décadas para adoptar un enfoque más permisivo con los pequeños y medianos contribuyentes.
El núcleo de la reforma radica en la eliminación del control sobre consumos personales y variaciones patrimoniales en las declaraciones de ganancias. Este cambio fundamental implica que los ciudadanos podrán realizar adquisiciones con divisas no declaradas sin temor a investigaciones posteriores. El nuevo esquema se concentrará exclusivamente en la facturación declarada y las deducciones permitidas, prescindiendo del análisis detallado de gastos individuales que hasta ahora permitía detectar inconsistencias entre ingresos declarados y nivel de vida.
La implementación práctica de este sistema contempla un mecanismo proforma donde el organismo recaudador presentará un cálculo preliminar basado en la información disponible, que el contribuyente podrá aceptar o rectificar. Esta modalidad, que entrará en vigencia para las declaraciones del ejercicio 2025 a presentarse en 2026, será optativa, permitiendo a quienes lo prefieran mantener el esquema tradicional.
Paralelamente, se anunciaron modificaciones sustanciales en los parámetros de información bancaria. Las entidades financieras deberán reportar transferencias y acreditaciones únicamente cuando superen los 50 millones de pesos para individuos y 30 millones para empresas, representando un incremento del 5000% respecto al millón de pesos vigente anteriormente. Las extracciones de efectivo, que hasta ahora se registraban sin importar el monto, solo serán informadas cuando excedan los 10 millones de pesos.
Los depósitos a plazo también experimentan un ajuste significativo: el límite para su reporte pasa de un millón a 100 millones de pesos en el caso de personas físicas. Los saldos mensuales de cuentas bancarias deberán comunicarse únicamente cuando superen los 50 millones para particulares, cuando el tope anterior oscilaba entre 700 mil y un millón según la entidad.
El ecosistema de pagos digitales recibe un tratamiento similar. Las plataformas de billeteras virtuales informarán operaciones que excedan los 50 millones de pesos para usuarios individuales, multiplicando por 25 el umbral previo de dos millones. En el ámbito bursátil, las tenencias en agentes de liquidación serán reportadas solo cuando superen los 100 millones de pesos para personas físicas, eliminando la obligación de informar todas las operaciones independientemente del monto.
La reforma incluye la derogación de múltiples regímenes informativos que funcionaban como herramientas de control cruzado. Las administradoras de tarjetas ya no comunicarán las compras realizadas con medios electrónicos de pago. Los escribanos quedan liberados de reportar operaciones inmobiliarias, incluso aquellas superiores a 10 millones de pesos que antes debían declararse mediante el sistema CITI. Los concesionarios de automóviles usados, las administradoras de consorcios y los proveedores de servicios públicos también quedan eximidos de sus obligaciones informativas previas.
Un aspecto particularmente relevante es la eliminación del Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles, mecanismo que obligaba a registrar ante el fisco la intención de vender una propiedad. Esta medida, sumada a la liberación de los escribanos de sus deberes informativos, facilitará las transacciones inmobiliarias con fondos no declarados.
Las instituciones bancarias enfrentarán restricciones adicionales: se les prohibirá solicitar declaraciones juradas impositivas como requisito para la apertura de cuentas. Los ciudadanos podrán negarse a proporcionar esta documentación y recurrir a organismos de defensa del consumidor en caso de insistencia por parte de las entidades.
La Unidad de Información Financiera acompañará estos cambios elevando el umbral para el reporte de depósitos en moneda extranjera de 5 mil a 10 mil dólares, alineándose con estándares internacionales según indicaron las autoridades.
Para blindar estas modificaciones ante eventuales cambios de administración, el Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto de ley modificando la normativa penal tributaria y los procedimientos fiscales, reduciendo el período de prescripción actualmente fijado en cinco años.
El vocero presidencial Manuel Adorni contextualizó estas medidas señalando que Argentina se había convertido en un país donde el ahorro estaba criminalizado y generar riqueza era visto con sospecha. Esta caracterización busca justificar el giro hacia un modelo menos intrusivo de fiscalización.
Pazo argumentó que el sistema anterior obligaba a los contribuyentes a revelar información personal excesiva, incluyendo todos sus consumos y la evolución de su patrimonio. El nuevo esquema, según explicó, permitirá al organismo concentrarse en la evasión sofisticada de grandes contribuyentes mientras reduce la carga administrativa para ciudadanos y empresas medianas.
La estrategia gubernamental apunta claramente a incentivar la circulación de los aproximadamente 200 mil millones de dólares que diversos estudios estiman permanecen fuera del sistema financiero argentino. Al eliminar los mecanismos de detección de inconsistencias patrimoniales y elevar drásticamente los umbrales de reporte, se facilita la incorporación gradual de estos recursos a la economía formal.
Esta reforma representa una apuesta arriesgada en términos de recaudación fiscal. Si bien podría dinamizar sectores como el inmobiliario, automotor y de bienes durables al permitir transacciones con fondos no declarados, también implica renunciar a herramientas fundamentales de control tributario. El éxito de la iniciativa dependerá de que el incremento en la actividad económica formal compense la pérdida de capacidad fiscalizadora.
Las implicancias de estos cambios trascienden lo meramente tributario. La flexibilización de controles bancarios y la eliminación de regímenes informativos modifican sustancialmente el entramado de prevención del lavado de activos, generando interrogantes sobre la capacidad del Estado para combatir actividades ilícitas que utilicen el sistema financiero.
El timing de estos anuncios no es casual. En un contexto de alta inflación y presión sobre el tipo de cambio, el gobierno busca que los tenedores de divisas no declaradas las vuelquen al mercado formal, aliviando parcialmente la demanda en el mercado paralelo. Esta estrategia de facto reconoce la existencia masiva de economía informal y opta por incorporarla gradualmente antes que combatirla.
La implementación efectiva de estas medidas requerirá ajustes normativos adicionales y coordinación entre múltiples organismos. La promesa de simplificación tributaria deberá materializarse en sistemas informáticos eficientes y procedimientos claros que efectivamente reduzcan la carga burocrática prometida. El verdadero test será comprobar si esta apertura logra su objetivo declarado de formalizar la economía o simplemente facilita la evasión fiscal a mayor escala.
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