Economía 13News-Economía 07/06/2025

ARCA flexibiliza controles: cómo usar dólares sin riesgo fiscal

La transformación del sistema tributario argentino ingresa en una nueva etapa con la presentación del proyecto legislativo denominado Inocencia Fiscal, que busca modificar radicalmente la relación entre contribuyentes y el organismo recaudador

La transformación del sistema tributario argentino ingresa en una nueva etapa con la presentación del proyecto legislativo denominado Inocencia Fiscal, que busca modificar radicalmente la relación entre contribuyentes y el organismo recaudador. Esta iniciativa marca un cambio paradigmático desde un modelo persecutorio hacia uno enfocado en la recaudación efectiva, según explicaron fuentes gubernamentales cercanas al diseño de estas reformas.

El proyecto presentado ante el Congreso Nacional complementa las medidas anunciadas quince días atrás sobre información automática del organismo recaudador, la flexibilización de controles por parte de la Unidad de Información Financiera y la implementación de un esquema simplificado para el impuesto a las Ganancias. Esta arquitectura normativa apunta a brindar certidumbre jurídica a los contribuyentes mientras se optimiza la capacidad recaudatoria del Estado.

La modificación más significativa radica en la actualización de los umbrales monetarios que configuran delitos tributarios. Los montos vigentes desde 2017 resultan completamente desactualizados frente a la realidad económica actual, generando una sobrecarga judicial innecesaria. El nuevo esquema eleva drásticamente estos límites, permitiendo que el sistema penal se concentre en casos verdaderamente relevantes.

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El umbral para configurar fraude fiscal experimenta un incremento exponencial, pasando de 1,5 millones a 100 millones de pesos. La apropiación indebida de tributos requeriría ahora superar los 200 millones, cuando anteriormente bastaban 2 millones. El aprovechamiento irregular de beneficios fiscales demandará montos superiores a 10 millones, frente a los 100 mil pesos actuales.

Juan Pazo, responsable del organismo recaudador, ilustró el impacto práctico de estas modificaciones señalando que aproximadamente 7500 causas penales tributarias actualmente en trámite quedarían reducidas a unas 200. Esta depuración permitirá al sistema judicial concentrarse en casos de real magnitud económica y social.

Las retenciones y percepciones indebidas también experimentan ajustes sustanciales. El monto mínimo se eleva de 2 millones a 200 millones de pesos, mientras las escalas sancionatorias se actualizan proporcionalmente. El artículo 4 del régimen vigente incrementa su piso de 100 mil a 10 millones, mientras el artículo 5 pasa de 200 mil a 7 millones.

Un aspecto central del proyecto establece la extinción de acciones penales tributarias cuando el contribuyente cancele obligaciones evadidas e intereses dentro de 30 días hábiles posteriores a la notificación, agregando un adicional del 50 por ciento. Esta disposición excluye casos de maniobras dolosas con documentación apócrifa, cerrando definitivamente la posibilidad de acuerdos como la probation en el régimen penal tributario.

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El proyecto contempla exclusiones específicas para denuncias penales en situaciones de divergencias interpretativas, errores técnico-contables manifiestos o cuando la deuda derive exclusivamente de presunciones legales sin evidencia adicional. Asimismo, se limitan las denuncias cuando el contribuyente presente declaraciones juradas originales o rectificativas antes de la notificación de inspección.

La reducción de plazos de prescripción constituye otro pilar fundamental. Los contribuyentes que presenten declaraciones en término y regularicen saldos sin discrepancias significativas verán reducido el plazo a 3 años. Para el resto de inscriptos se mantiene en 5 años, mientras los no inscriptos enfrentarán un período de 10 años.

Sebastián Domínguez, especialista de SDC Asesores Tributarios, destacó la importancia de esta reducción aunque advirtió sobre limitaciones en su aplicación. La diferencia del 15 por ciento que haría caer el beneficio de exactitud en declaraciones juradas queda sujeta a reglamentación, cuando debería establecerse claramente en la ley con parámetros más amplios.

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Florencia Fernández Sabella, de LSF Tax, resaltó las implicancias provinciales de estas modificaciones. La reforma del Código Civil y Comercial eliminaría la potestad provincial para establecer legislaciones propias sobre prescripción, unificando criterios que actualmente varían desde 5 hasta 10 años según la jurisdicción.

El proyecto introduce un Régimen de Declaración Jurada Simplificada destinado a personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos totales hasta 1000 millones de pesos, patrimonio máximo de 10000 millones y que no revistan carácter de grandes contribuyentes. Este esquema incluye un mecanismo denominado tapón fiscal que limita las facultades de fiscalización a la última declaración presentada.

El organismo recaudador solo podrá examinar la última declaración jurada presentada, estableciendo una presunción de exactitud sobre períodos anteriores. Esta disposición materializa el principio de buena fe del contribuyente, limitando revisiones retroactivas salvo determinación expresa de falsedad en las declaraciones.

La filosofía subyacente apunta a transformar el paradigma tributario nacional. Manuel Adorni, vocero presidencial, sintetizó este cambio con una frase reveladora sobre la libertad de disposición de activos propios sin requerimientos constantes de justificación sobre su origen. Esta declaración anticipó la flexibilización en pagos con efectivo y moneda extranjera.

Luis Caputo y Juan Pazo presentaron en mayo el Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos, calificando los mecanismos de control previos como burocracia exagerada. Según sus datos, el organismo duplicó regulaciones y nombró 6000 agentes adicionales, logrando solo reducir la formalidad e incrementar la economía informal.

Las nuevas directrices, vigentes desde junio, concentran la fiscalización en aproximadamente 11000 CUIT correspondientes a las empresas de mayor facturación nacional. Este enfoque selectivo busca optimizar recursos mientras reduce la presión sobre pequeños y medianos contribuyentes.

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El proyecto legislativo busca blindar estas modificaciones ante eventuales cambios gubernamentales o normativos futuros. La fuente gubernamental consultada enfatizó que se trata de un cambio matricial en la fiscalización, priorizando la lucha contra la informalidad mediante herramientas más eficientes y menos invasivas.

Los expertos consultados coinciden en que estas medidas representan un cambio sustancial en la relación fisco-contribuyente. Sin embargo, advierten sobre aspectos que requerirán ajustes durante el debate parlamentario, particularmente en lo referente a las potestades provinciales y los parámetros de aplicación de beneficios.

La implementación efectiva dependerá de la reglamentación posterior y la coordinación entre jurisdicciones nacionales y provinciales. El desafío radica en equilibrar la necesidad recaudatoria del Estado con el respeto a los derechos patrimoniales de los ciudadanos, estableciendo reglas claras que fomenten el cumplimiento voluntario.

El contexto económico actual, caracterizado por alta informalidad y desconfianza en el sistema financiero, demanda señales contundentes de cambio. Estas reformas buscan revertir décadas de políticas que priorizaron el control sobre el incentivo, generando efectos contraproducentes en términos de recaudación y formalización económica.

La discusión parlamentaria definirá el alcance final de estas transformaciones. Los sectores productivos aguardan con expectativa la consolidación de un marco normativo que permita operar con mayor previsibilidad, mientras el gobierno apuesta a incrementar la recaudación mediante la reducción de costos de cumplimiento y la eliminación de barreras burocráticas innecesarias.

El éxito de esta iniciativa se medirá en su capacidad para incrementar la base tributaria voluntaria, reducir la litigiosidad del sistema y generar confianza en los agentes económicos. La transición desde un modelo punitivo hacia uno recaudatorio representa un desafío cultural y operativo que requerirá tiempo y consistencia en su implementación para mostrar resultados tangibles.

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