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Ley 27.802: la reforma laboral ya es vigente y cambia las reglas del empleo privado en Argentina

 
El Gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral con 25 capítulos que modifican indemnizaciones, jornada, sindicatos y formalización del empleo.
Economía06/03/2026 Redacción 13News

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El presidente Javier Milei firmó esta madrugada el Decreto 137/2026 junto al jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, promulgando la Ley Nº 27.802 de Modernización Laboral. La norma, aprobada por la Cámara de Diputados el 27 de febrero, entró en vigencia de inmediato tras su publicación en el Boletín Oficial y alcanza a todos los trabajadores del sector privado. El texto final quedó estructurado en 25 capítulos, luego de que el Ejecutivo eliminara los artículos vinculados a modificaciones en el régimen de licencias médicas.

Indemnizaciones: tope, piso y pago en cuotas

El capítulo más controvertido del nuevo texto reescribe el cálculo de la compensación por despido. Quedan excluidos de la base de cálculo las vacaciones proporcionales, el aguinaldo, las propinas y los premios. El monto resultante no puede superar tres veces el salario promedio mensual del convenio colectivo correspondiente, mientras que el piso se fija en el 67% de la remuneración habitual. Ninguna reducción derivada del tope convencional puede recortar más del 33% de esa base.

El esquema de cobro también cambia: las grandes empresas podrán cancelar sentencias de despido en hasta seis cuotas mensuales; las pymes dispondrán de hasta doce. La actualización de las liquidaciones judiciales se indexará exclusivamente por inflación, con un adicional fijo del 3% anual.

Para garantizar el pago efectivo, la ley crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con aportes obligatorios sobre contribuciones patronales: 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes. Los fondos operarán en cuentas inembargables bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores.

Jornada laboral: hasta 12 horas diarias con acuerdo voluntario

La reforma habilita extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que medie acuerdo voluntario dentro de esquemas de bancos de horas y se respete un descanso mínimo de 12 horas entre turnos. También incorpora la figura del trabajador a tiempo parcial por debajo de la jornada legal completa, una figura hasta ahora con regulación limitada en el derecho laboral argentino.

En materia de vacaciones, se mantiene el período obligatorio entre el 1° de octubre y el 30 de abril, pero se permite el fraccionamiento por acuerdo entre partes, con un mínimo de siete días corridos por período.

Salario dinámico y pago exclusivamente bancario

La norma introduce el concepto de "salario dinámico", que puede pactarse en convenios colectivos y ata la remuneración al rendimiento o mérito individual del trabajador. Al mismo tiempo, elimina la posibilidad de acreditar sueldos en billeteras virtuales: el pago deberá realizarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a cuentas acreditadas.

Sindicatos: cuota solidaria topada y ultraactividad acotada

El texto modifica el esquema de negociación colectiva en dos dimensiones. Por un lado, la cuota solidaria sindical —que los empleadores descuentan del salario para los no afiliados— queda limitada al 2% del salario mensual. Por otro, la reforma otorga prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios de rama, debilitando el modelo centralizado de negociación que históricamente favoreció a los sindicatos nacionales.

La ultraactividad —la vigencia automática de las obligaciones convencionales más allá del vencimiento formal del acuerdo— queda restringida. Los sindicatos también deberán solicitar autorización previa al empleador para convocar asambleas que puedan afectar la operación de la empresa.

El derecho de huelga en servicios esenciales —salud, agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica y control portuario, entre otros— requerirá garantizar el 75% de la dotación en actividad. En sectores de importancia "trascendental" —transporte, medios, industria siderúrgica, química, alimenticia, construcción y minería— el umbral mínimo operativo desciende al 50%.

Formalización laboral y régimen para inversiones medianas

El Programa de Promoción del Empleo Registrado establece un mecanismo de blanqueo laboral que permite condonar hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que regularicen su situación. El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral reduce las contribuciones patronales al 8% anual y prevé una reducción adicional para quienes contraten trabajadores no registrados antes del 10 de diciembre de 2025, ex monotributistas o ex empleados públicos.

Para inversiones medianas —entre USD 150.000 y USD 9 millones en bienes muebles nuevos u obras productivas, con exclusión de automóviles— la ley prevé amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada de IVA por un período de dos años.

Para reducir la litigiosidad, los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme y los honorarios profesionales no podrán superar el 25% del monto reclamado. El texto ordena además el traspaso progresivo de la Justicia Nacional del Trabajo hacia la órbita judicial de la Ciudad de Buenos Aires o la justicia federal.

Por Redacción | 13News.info | 6 de marzo de 2026 | Actualizado: 06/03/2026 

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