El Gobierno redefine el esquema tributario post Impuesto PAIS: Se mantiene la carga del 30% con nuevas exclusiones
La administración de Javier Milei ha implementado un nuevo marco impositivo que, si bien elimina formalmente el Impuesto PAIS, mantiene una percepción del 30% sobre diversas operaciones en moneda extranjera
La administración de Javier Milei ha implementado un nuevo marco impositivo que, si bien elimina formalmente el Impuesto PAIS, mantiene una percepción del 30% sobre diversas operaciones en moneda extranjera. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5617/2024 publicada en el Boletín Oficial, introduce modificaciones significativas en el alcance y aplicación del tributo.
El nuevo esquema conserva la carga impositiva para transacciones fundamentales como la adquisición de dólar ahorro y las compras internacionales, pero introduce importantes exclusiones, particularmente en el sector financiero. Esta restructuración busca preservar la recaudación tributaria mientras adapta el marco regulatorio a las nuevas políticas económicas.
Entre las operaciones que continuarán sujetas al gravamen se encuentran las compras de divisa extranjera sin destino específico, las transacciones con tarjetas de crédito y débito en el exterior, la contratación de servicios turísticos internacionales, y el transporte de pasajeros hacia destinos extranjeros. La medida mantiene el carácter de pago a cuenta, permitiendo su posterior computación en las declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.
La normativa establece importantes excepciones, incluyendo gastos relacionados con salud, medicamentos, material educativo y proyectos de investigación realizados por instituciones estatales. También quedan exentas las adquisiciones de equipamiento para combate de incendios y protección civil, así como el transporte terrestre hacia países limítrofes.
El sistema contempla una amplia gama de entidades exentas, incluyendo instituciones religiosas, asociaciones civiles de bien público, entidades mutualistas y organizaciones internacionales sin fines de lucro con sede en Argentina. Las ganancias de cooperativas y los intereses judiciales vinculados a créditos laborales también quedan fuera del alcance del tributo.
La responsabilidad de aplicar la percepción recae sobre diversos actores del sistema financiero y comercial, incluyendo entidades bancarias autorizadas para operar en cambios, procesadores de pagos con tarjetas, agencias de turismo y empresas de transporte. Los intermediarios financieros, como agregadores de pago, también deberán cumplir con esta obligación.
Un aspecto relevante del nuevo régimen es la metodología de cálculo y documentación. La percepción debe aplicarse sobre montos expresados en pesos, quedando exentas las operaciones liquidadas directamente en dólares. Los agentes de percepción están obligados a discriminar el importe correspondiente en la documentación emitida al consumidor.
La normativa mantiene la posibilidad de que los contribuyentes utilicen estas percepciones como crédito fiscal, pudiendo aplicarlas contra obligaciones futuras del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. En casos donde estas percepciones generen saldos a favor, podrán ser utilizadas para cancelar otras obligaciones impositivas.
Esta reorganización del esquema tributario refleja el equilibrio que busca el gobierno entre la necesidad de mantener la recaudación fiscal y la implementación de una política económica más liberal. La permanencia de la carga del 30% en operaciones clave sugiere una aproximación gradual a la liberalización del mercado cambiario, mientras se preservan mecanismos de control sobre las transacciones en moneda extranjera.
La medida evidencia la complejidad de reformar el sistema tributario argentino, donde los cambios deben balancear objetivos fiscales con la necesidad de simplificación administrativa y la reducción de la presión impositiva sobre determinados sectores de la economía.
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