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La Unidad de Información Financiera implementó modificaciones sustanciales en los mecanismos de control para operaciones con dólares en efectivo, elevando significativamente los umbrales de reporte obligatorio y simplificando requisitos documentales
Economía05/06/2025 13News-EconomíaLa Unidad de Información Financiera implementó modificaciones sustanciales en los mecanismos de control para operaciones con dólares en efectivo, elevando significativamente los umbrales de reporte obligatorio y simplificando requisitos documentales. Esta reforma integral busca catalizar la incorporación al sistema formal de los aproximadamente 250000 millones de dólares que permanecen atesorados fuera del circuito bancario argentino, facilitando transacciones inmobiliarias, automotrices y depósitos financieros sin comprometer estándares internacionales antilavado.
La resolución publicada este miércoles materializa el mandato establecido en el Decreto 353/2025, que ordenaba revisar exhaustivamente la normativa vigente en un plazo de 30 días. El enfoque adoptado prioriza la modernización de criterios evaluativos de riesgo, adaptando procedimientos a las condiciones macroeconómicas actuales mientras mantiene salvaguardas contra actividades ilícitas como lavado de activos, financiamiento terrorista y proliferación armamentística.
Fuentes gubernamentales caracterizaron la iniciativa como un esfuerzo por remonetizar la economía mediante la activación de ahorros informales, dinamizando consumo e inversión sin resignar controles esenciales. Un funcionario del equipo económico sintetizó la estrategia señalando que buscan estimular la utilización productiva de divisas atesoradas preservando estándares regulatorios reconocidos internacionalmente.
Los cambios impactan múltiples sectores del ecosistema transaccional argentino. Escribanos, registros inmobiliarios, registros automotores y entidades financieras deberán adaptar sus procedimientos operativos a las nuevas disposiciones. La actualización más significativa radica en la elevación de montos mínimos que activan obligaciones de reporte ante la UIF, reflejando tanto la evolución inflacionaria como una recalibración de prioridades de supervisión.
Para operaciones inmobiliarias, el umbral de reporte obligatorio ascendió de 200 a 750 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, equivalente aproximadamente a 200000 dólares según cotizaciones actuales. Esta modificación reconoce la realidad del mercado inmobiliario argentino, donde valores transaccionales habían quedado desactualizados respecto a los parámetros normativos previos. La UIF justifica este ajuste argumentando que permite concentrar recursos de control en operaciones genuinamente riesgosas.
El sector automotor experimenta transformaciones igualmente relevantes. Las compraventas anuales superiores a 115 millones de pesos, aproximadamente 100000 dólares, requerirán documentación respaldatoria sobre origen lícito de fondos. Sin embargo, la reforma elimina la exigencia de certificación contable específica, admitiendo ahora resúmenes bancarios, escrituras notariales, comprobantes comerciales o declaraciones juradas como elementos probatorios válidos.
Una innovación significativa excluye de requisitos documentales adicionales las operaciones realizadas mediante transferencias bancarias, cheques propios o financiamientos otorgados por entidades reguladas. Esta diferenciación incentiva la utilización de canales formales de pago, alineándose con objetivos gubernamentales de transparencia transaccional y trazabilidad financiera.
La normativa establece además una suspensión temporal hasta enero 2026 de actualizaciones automáticas de umbrales, que posteriormente se ajustarán según el Índice de Precios del Sector Automotor elaborado por ACARA. El monto mínimo para reportes de adquisiciones vehiculares quedó fijado en 50 millones de pesos, actualizando parámetros que habían perdido relevancia práctica por desfasaje inflacionario.
Las instituciones bancarias enfrentan modificaciones sustantivas en sus esquemas de control interno. La reforma del artículo 42 de la Resolución UIF 14/2023 establece seguimiento reforzado para depósitos en efectivo iguales o superiores a 40 SMVM, aproximadamente 20 millones de pesos actuales. Estas operaciones requerirán identificación precisa del depositante y determinación explícita sobre si actúa por cuenta propia o representa intereses de terceros.
Quedan exceptuadas de estas exigencias adicionales las transacciones canalizadas mediante tarjetas o cuentas recaudadoras titularizadas. El artículo 44 reformado mantiene la obligatoriedad de informar como RTE o RTEOC toda operación en efectivo que supere el umbral establecido, preservando mecanismos de monitoreo para transacciones potencialmente sensibles.
Una simplificación relevante afecta la construcción del Perfil Transaccional de clientes bancarios. Según el nuevo artículo 37, ya no resultan indispensables las declaraciones impositivas formales, bastando proyecciones patrimoniales o económicas respaldadas documentalmente. Esta flexibilización reconoce realidades del mercado argentino donde significativas porciones de actividad económica transcurren parcialmente fuera de registros tributarios formales.
Los escribanos públicos experimentan ajustes diferenciados según el tipo de operación. Las modificaciones a los artículos 24 y 28 de la Resolución UIF 242/2023 endurecen requisitos para establecer perfiles de clientes mientras elevan a 750 SMVM el umbral para reportar transferencias inmobiliarias en efectivo cuando el escribano actúe como representante. Esta dualidad refleja un enfoque basado en riesgo que intensifica controles donde la exposición a maniobras ilícitas resulta mayor.
Voceros gubernamentales enfatizan que las reformas no implican desregulación sino adaptación inteligente. El criterio rector aplica controles proporcionales al riesgo efectivo, intensificando supervisión donde probabilidades de ilícitos resultan elevadas mientras reduce cargas burocráticas en transacciones rutinarias de bajo riesgo. Esta filosofía regulatoria busca optimizar recursos de supervisión sin comprometer efectividad preventiva.
La estrategia gubernamental trasciende ajustes normativos puntuales, insertándose en un programa comprehensivo para repatriar ahorros informales. Estimaciones privadas calculan que Argentina alberga más de 250000 millones de dólares en billetes fuera del sistema financiero formal, representando un stock de recursos subutilizados que podría dinamizar significativamente la economía si se incorporara al circuito productivo.
Las reformas complementan iniciativas paralelas como el Régimen Simplificado de Ganancias y el Plan de Reparación Histórica de los Ahorros, que ya cuenta con adhesión de 13 jurisdicciones provinciales. Esta convergencia de instrumentos busca crear condiciones integrales que incentiven la formalización voluntaria de activos, combinando facilidades operativas con seguridad jurídica para ahorristas.
La dimensión internacional resulta crucial en el diseño de estas modificaciones. Argentina enfrenta próximamente una nueva evaluación del Grupo de Acción Financiera Internacional, organismo que monitorea estándares globales antilavado. Las autoridades destacan que la actualización de umbrales responde a criterios técnicos objetivos, evitando que la inflación erosione la efectividad del sistema preventivo mediante obsolescencia de parámetros nominales.
El impacto sectorial de estas medidas promete ser diferenciado. El mercado inmobiliario, tradicionalmente caracterizado por elevada informalidad transaccional, podría experimentar mayor dinamismo al reducirse fricciones regulatorias para operaciones legítimas. Similarmente, el sector automotor anticipa facilitación de compraventas, especialmente en segmentos de vehículos premium donde los montos involucrados activaban anteriormente controles desproporcionados.
Las entidades financieras enfrentan el desafío de reconfigurar sistemas y procedimientos internos para adaptarse a nuevos parámetros. Si bien la simplificación documental reduce cargas operativas, el mantenimiento de obligaciones de reporte para transacciones significativas preserva responsabilidades de monitoreo. Este equilibrio busca compatibilizar eficiencia comercial con integridad del sistema financiero.
Críticos potenciales podrían argumentar que la elevación de umbrales reduce capacidad de detección temprana de maniobras ilícitas fragmentadas. Sin embargo, defensores de las reformas sostienen que la concentración de recursos en operaciones de mayor envergadura optimiza la efectividad general del sistema, evitando dispersión de esfuerzos en transacciones rutinarias de bajo riesgo.
La implementación práctica de estas modificaciones requerirá períodos de adaptación tanto para operadores privados como supervisores públicos. Escribanías, registros y bancos deberán actualizar protocolos internos, capacitar personal y modificar sistemas informáticos. La UIF, por su parte, necesitará recalibrar sus mecanismos de análisis para procesar eficientemente la nueva configuración de reportes.
El éxito de esta estrategia dependerá fundamentalmente de la respuesta ciudadana. Si los tenedores de dólares informales perciben genuina seguridad jurídica y ventajas operativas en la formalización, podrían movilizarse recursos significativos hacia el circuito económico regular. Contrariamente, si persisten desconfianzas o emergen complicaciones imprevistas, el impacto podría resultar marginal.
La reforma normativa representa una apuesta gubernamental por modernizar marcos regulatorios anacrónicos sin comprometer estándares internacionales. El delicado equilibrio entre facilitación transaccional y prevención de ilícitos definirá el éxito o fracaso de esta iniciativa. Mientras tanto, múltiples sectores económicos aguardan expectantes los efectos prácticos de estas modificaciones sobre sus operaciones cotidianas, anticipando que la flexibilización controlada podría catalizar una reactivación significativa de mercados clave como el inmobiliario y automotor.
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